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Requisitos de notificación de pagos en exceso

La Norma Federal de Atención Médica Administrada de Medicaid exige Quartz mantenga procedimientos administrativos y de gestión diseñados para prevenir el fraude, el despilfarro y el abuso. De acuerdo con estos requisitos, los proveedores deben informar y devolver cualquier pago en exceso en un plazo de 60 días a partir de la recepción de la notificación por escrito de Quartz del descubrimiento independiente del pago en exceso. Los proveedores también deben enviar una notificación por escrito a Quartz el motivo del pago en exceso. Todas las recuperaciones se reflejarán en los datos de encuentros enviados al DHS.

Además, todos los pagos en exceso y los pagos insuficientes deben volver a procesarse hasta cuatro años después de la fecha de pago, a menos que se especifique lo contrario en el Acuerdo de servicios del proveedor.

De acuerdo con el artículo 42 CFR § 438.608(d), Quartz intentar recuperar todos los pagos excesivos que se hayan realizado a los proveedores contratados, incluidos aquellos atribuidos a fraude, despilfarro y abuso.

Si Quartz el pago en exceso, recuperaremos el pago y retendremos los fondos. Si el DHS identifica el pago en exceso, Quartz y posteriormente retendrá los fondos. En lo que respecta a los pagos en exceso identificados por Quartz, la OIG o el DHS, no hay situaciones en las que Quartz no Quartz autorizado a retener el pago en exceso recuperado. Esta disposición no se aplica a las recuperaciones retenidas a través de casos de la Ley Federal de Reclamaciones Falsas u otras investigaciones similares. Si sospecha de fraude o abuso del programa Medicaid, puede denunciarlo en https://www.reportfraud.wisconsin.gov/RptFrd/.

Para obtener más información al respecto, consulte el Manual del proveedor.

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